
Accidentes Marítimos Catastróficos
Reclamaciones por Lesiones Marítimas Graves: Protección Legal para Trabajadores del Mar
Si sufrió una lesión catastrófica en el agua—parálisis, amputación, quemaduras graves o traumatismo craneoencefálico—CHG Personal Injury Lawyers lo representa a nivel nacional. Evaluación gratuita de su caso.
Por CHG Lawyers · Publicado 29/09/2026
Reclamaciones Marítimas Después de Accidentes Catastróficos en Barcos, Buques y Plataformas Offshore
Una reclamación marítima es una demanda legal por lesiones graves en el agua. Se rige por la ley marítima federal, no por las reglas de negligencia estatal. Las reclamaciones marítimas protegen a las personas lesionadas en barcos, buques, cruceros y plataformas offshore. Proporcionan recursos no disponibles en la ley de lesiones personales estándar.
Si usted o un miembro de la familia sufrió una lesión catastrófica y que cambia la vida en el mar—lesión de la médula espinal, parálisis, lesión cerebral traumática, amputación, quemaduras graves, o muerte injustificada—las reclamaciones marítimas conforme a la ley federal pueden responsabilizar a la parte culpable. Puede recuperar daños por atención médica, ingresos perdidos, e incapacidad permanente.

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¿Qué es una Reclamación Marítima?
Una reclamación marítima es una acción de lesión personal o muerte injustificada derivada de un accidente grave en aguas navegables. Está sujeta a la ley marítima federal y a estatutos especiales no disponibles en casos de negligencia ordinaria.
La ley marítima difiere de la ley de negligencia ordinaria de formas importantes:
- Jurisdicción federal: Las reclamaciones marítimas se conocen en tribunales federales conforme a la ley marítima federal.
- Deberes del propietario del buque: Los propietarios y empleadores tienen deberes específicos hacia la tripulación, pasajeros y trabajadores.
- La Ley de Compensación de Trabajadores Portuarios y de Puertos (33 U.S.C. § 901 y siguientes) cubre a los trabajadores de muelles y puertos. Estas proporcionan protecciones no disponibles en otras industrias.
- Manutención y cura: Los empleadores deben proporcionar gastos de manutención y atención médica a los marineros lesionados hasta la mejoría médica máxima—una obligación sin culpa única de la ley marítima.
El trabajo marítimo conlleva peligros únicos y graves: golpes de hélice, enredos en maquinaria, caídas al agua, volcaduras, y exposición a condiciones climáticas extremas. La ley marítima reconoce estos peligros y proporciona protecciones más fuertes.
¿Qué Lesiones Están Cubiertas por Reclamaciones Marítimas?
Las reclamaciones marítimas cubren lesiones catastróficas y que cambian la vida derivadas de accidentes graves en el agua. Estas incluyen lesiones de la médula espinal y parálisis (paraplejía y tetraplejía), lesiones cerebrales traumáticas, amputaciones y pérdida de miembros, quemaduras graves, lesiones catastróficas de espalda y cuello, y muerte injustificada.
Las reclamaciones marítimas surgen de muchos tipos de accidentes:
- Colisiones de barcos y volcaduras – navegación recreativa, colisiones de transbordadores, choques de múltiples buques
- Lesiones por hélice y maquinaria – amputaciones, laceraciones graves, lesiones por aplastamiento
- Caídas al agua o en la cubierta – resultando en ahogamiento, lesión de la médula espinal, trauma craneoencefálico
- Accidentes de cruceros – incluyendo negligencia en seguridad (asalto, robo, ataque debido a cerraduras inadecuadas, iluminación, cámaras, o personal de seguridad)
- Accidentes en plataformas offshore y plataformas petrolíferas – explosiones, falla de equipos, caídas, condiciones inseguras
- Colisiones de motos acuáticas y embarcaciones personales – impactos a alta velocidad causando lesiones catastróficas
- Falla de equipos y diseño defectuoso de buques – falla de dirección, explosión de motor, defecto estructural
- Condiciones de trabajo inseguras – capacitación inadecuada, falta de equipo de seguridad, operación temeraria
Las reclamaciones marítimas también cubren muerte injustificada.
¿Quién Puede Presentar una Reclamación Marítima?
Los marineros y trabajadores marítimos lesionados en el trabajo pueden presentar reclamaciones marítimas conforme a la Ley Jones (46 U.S.C. § 688) si cumplen con la definición legal de “marinero”.
Los pasajeros en cruceros, transbordadores, barcos alquilados y otras embarcaciones pueden presentar reclamaciones de negligencia marítima contra el operador del buque por condiciones inseguras, negligencia en seguridad, o falta de ejercer cuidado razonable.
Los navegantes recreativos y operadores de motos acuáticas lesionados en colisiones pueden presentar reclamaciones marítimas contra el otro operador de barco, el fabricante del barco (si un defecto causó la lesión), u otros cuya negligencia contribuyó.
Los trabajadores offshore en plataformas petrolíferas, plataformas, buques de suministro, y operaciones marítimas comerciales pueden presentar reclamaciones conforme a la Ley Jones (si califican como marineros) o reclamaciones conforme a la LHWCA (si no califican).
Las familias de personas que murieron en accidentes marítimos pueden presentar reclamaciones por muerte injustificada, independientemente de si el fallecido era un trabajador, pasajero, o navegante recreativo.
¿Qué Significa “Marinero”?
“Marinero” tiene un significado legal específico conforme a la Ley Jones. No es simplemente cualquiera en un barco. Para calificar como marinero, debe tener una relación de empleo permanente con un buque. Su trabajo debe ser integral para la operación del buque. Los ejemplos incluyen miembros de la tripulación, marineros, ingenieros, capitanes, y pescadores comerciales.
Los pasajeros ocasionales, clientes de alquiler de una sola vez, y personas lesionadas en un buque para el que no trabajan no son marineros. Pero aún pueden tener otras reclamaciones marítimas—como reclamaciones de negligencia contra el operador del buque.
La Ley Jones: Protección para Trabajadores Marítimos
La Ley Jones (46 U.S.C. § 688) permite a los marineros lesionados demandar a sus empleadores por negligencia. La mayoría de los trabajadores no pueden hacer esto. En la mayoría de las industrias, los trabajadores lesionados se limitan a compensación de trabajadores, que proporciona beneficios modestos pero prohíbe demandas contra empleadores. La ley marítima es diferente.
Si es un marinero lesionado debido a la negligencia de su empleador, puede presentar una reclamación conforme a la Ley Jones y recuperar:
- Gastos médicos (pasados y futuros)
- Salarios perdidos y capacidad de ganancia perdida
- Dolor y sufrimiento
- Incapacidad permanente y calidad de vida reducida
La Ley Jones se aplica incluso si su empleador no tenía la intención de dañarlo. Si la negligencia del empleador—falta de mantenimiento del buque, capacitación inadecuada de la tripulación, operación temeraria, o condiciones de trabajo inseguras—causó su lesión catastrófica, tiene una reclamación.
Manutención y Cura: Un Derecho Adicional para Marineros Lesionados
Si es un marinero lesionado, tiene un derecho llamado manutención y cura que existe además de una reclamación de negligencia conforme a la Ley Jones. Manutención y cura es el deber de su empleador de proporcionar gastos de manutención (alimentos y alojamiento) y toda la atención médica necesaria hasta que alcance la mejoría médica máxima—el punto en el cual su condición es estable e improbable que mejore más.
Manutención y cura se aplica independientemente de la culpa. Incluso si la lesión fue completamente su culpa, el empleador aún le debe manutención y cura. Este es un beneficio sin culpa diseñado para asegurar que los marineros lesionados no se queden sin alimentos, alojamiento, o atención médica mientras se recuperan.
Manutención y cura cubre:
- Todo tratamiento médico y quirúrgico
- Costos hospitalarios y de rehabilitación
- Medicamentos y equipo médico
- Alimentos y alojamiento
- Transporte a citas médicas
Puede perseguir manutención y cura junto con una reclamación de negligencia conforme a la Ley Jones. Si su empleador niega o limita manutención y cura, puede demandar para hacerla cumplir.
Reclamaciones de Negligencia Marítima: Cuándo un Propietario de Buque es Responsable
Los propietarios y operadores de buques tienen un deber de cuidado razonable hacia pasajeros, tripulación, trabajadores y otros a bordo. Cuando incumplen ese deber y alguien resulta catastrófico lesionado, son responsables de los daños.
La negligencia marítima puede incluir:
- Condiciones inseguras del buque (barandillas rotas, cubiertas resbaladizas, iluminación inadecuada)
- Falta de mantenimiento de equipos (dirección defectuosa, problemas de motor, botes salvavidas defectuosos)
- Capacitación o dotación de tripulación inadecuada
- Operación temeraria (velocidad excesiva, operación bajo la influencia, ignorar advertencias climáticas)
- Falta de proporcionar seguridad adecuada (cerraduras, iluminación, cámaras, personal de seguridad)
- Falta de advertencia de peligros conocidos
Los propietarios de buques pueden ser responsables ya sea que operen un pequeño barco recreativo, un buque de pesca comercial, un crucero, un transbordador, o una plataforma offshore.
Negligencia en Seguridad en Cruceros
Un tipo importante de reclamación de negligencia marítima implica negligencia en seguridad. Si fue asaltado, robado, o atacado en un crucero, y la línea de cruceros no proporcionó medidas de seguridad razonables, la línea de cruceros puede ser responsable de sus lesiones.
La seguridad razonable incluye cerraduras y puertas que funcionen, iluminación adecuada, cámaras de seguridad, y personal de seguridad capacitado. Si la línea de cruceros sabía o debería haber sabido que los asaltos o robos eran probables, el deber de proporcionar seguridad es aún más fuerte. Si la línea de cruceros no cumplió con ese deber y fue atacado, puede tener una reclamación marítima contra la línea de cruceros.
Ley de Compensación de Trabajadores Portuarios y de Puertos (LHWCA)
La Ley de Compensación de Trabajadores Portuarios y de Puertos (33 U.S.C. § 901 y siguientes) es un programa federal de compensación de trabajadores para trabajadores marítimos que no califican como marineros. La LHWCA cubre:
- Trabajadores de muelles y estibadores
- Reparadores de buques y trabajadores de astilleros
- Trabajadores portuarios y empleados de puertos
- Operadores de grúas y manipuladores de carga
- Otros trabajadores de la industria marítima
La LHWCA proporciona beneficios médicos, reemplazo de salarios, y beneficios de incapacidad. A diferencia de la Ley Jones, la LHWCA es un sistema sin culpa: no tiene que probar negligencia para recibir beneficios. Pero su recuperación se limita a montos estatutarios.
Sin embargo, si una tercera parte (alguien que no sea su empleador o compañero de trabajo) causó su lesión a través de negligencia, puede presentar una reclamación de tercera parte además de su reclamación conforme a la LHWCA. Por ejemplo, si una grúa defectuosa fabricada por una compañía de tercera parte causó su lesión, puede perseguir tanto beneficios conforme a la LHWCA como una reclamación de negligencia contra el fabricante de la grúa.
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Tipos de Accidentes Marítimos que Conducen a Reclamaciones
Las reclamaciones marítimas surgen de muchos tipos de accidentes graves:
- Colisiones de barcos – barcos recreativos, transbordadores, buques comerciales
- Volcaduras y hundimientos – debido a condiciones inseguras, falla de equipos, u operación temeraria
- Golpes de hélice – resultando en amputación, laceraciones graves, o muerte
- Lesiones por maquinaria – cabrestantes, grúas, motores, y otros equipos
- Caídas al agua o en la cubierta – resultando en ahogamiento, lesión de la médula espinal, trauma craneoencefálico, o muerte
- Accidentes de cruceros – colisiones, incendios, falla estructural, o negligencia en seguridad
- Accidentes en plataformas offshore y plataformas petrolíferas – explosiones, falla de equipos, caídas desde altura, o condiciones inseguras
- Colisiones de motos acuáticas y embarcaciones personales – impactos a alta velocidad
- Defectos de equipos – falla de dirección, explosión de motor, defecto estructural, o defecto de diseño
- Condiciones de trabajo inseguras – falta de equipo de seguridad, capacitación inadecuada, u operación temeraria
¿Quién Puede Ser Responsable en una Reclamación Marítima?
Múltiples partes pueden ser responsables por una lesión marítima:
- Propietarios y operadores de buques – por negligencia en mantener el buque, operarlo de forma segura, o proporcionar seguridad adecuada
- Empleadores – por reclamaciones conforme a la Ley Jones y obligaciones de manutención y cura
- Miembros de la tripulación y otros empleados – si su negligencia causó la lesión
- Fabricantes de equipos o buques defectuosos – por defectos de diseño, defectos de fabricación, o falta de advertencia
- Terceras partes – cuya negligencia contribuyó al accidente
- Propietarios de propiedades – por negligencia en seguridad en cruceros, propiedades frente al agua, marinas, y muelles
En muchos casos marítimos, múltiples demandados comparten responsabilidad. Por ejemplo, si una colisión de crucero causó su lesión de la médula espinal, la línea de cruceros, el operador del otro buque, y posiblemente el fabricante de equipos de navegación defectuosos podrían ser todos responsables. Un abogado investigará el accidente, identificará todas las partes responsables, y perseguirá reclamaciones contra cada una.
Plazos y Estatutos de Limitaciones
Las reclamaciones marítimas están sujetas a límites de tiempo específicos:
- Reclamaciones conforme a la Ley Jones: Generalmente 3 años desde la fecha de la lesión
- Reclamaciones de manutención y cura: Deben presentarse dentro de un tiempo razonable
- Reclamaciones por muerte injustificada: Se aplican plazos específicos y varían según las circunstancias
- Reclamaciones de negligencia marítima de tercera parte: Generalmente 3 años
Actuar rápidamente es importante. La evidencia se deteriora, la memoria de los testigos se desvanece, y los registros de mantenimiento del buque pueden perderse. Cuanto antes consulte con un abogado, antes se puede preservar la evidencia e investigar su reclamación a fondo.
Muerte Injustificada en Accidentes Marítimos
Si un miembro de la familia murió en un accidente marítimo, puede presentar una reclamación por muerte injustificada contra la parte responsable. Las reclamaciones por muerte injustificada recuperan:
- Gastos funerarios y de entierro
- Ingresos perdidos que el fallecido habría ganado
- Pérdida de compañía, orientación, y apoyo
- El dolor y sufrimiento del fallecido antes de la muerte
En Florida, la demanda por muerte injusta la presenta el representante personal del patrimonio en nombre de los sobrevivientes, como el cónyuge, los hijos y los padres (Fla. Stat. § 768.20). Se aplican a colisiones fatales de barcos, desastres de cruceros, explosiones de plataformas offshore, y otras fatalidades marítimas.
La muerte es el resultado más catastrófico que existe. Si su familia perdió a alguien en un accidente marítimo debido a negligencia o condiciones inseguras, tiene el derecho de perseguir responsabilidad y recuperar daños para ayudar a su familia a avanzar.
Qué Hacer Después de un Accidente Marítimo Grave
Si usted o un miembro de la familia ha sido catastrófico lesionado en un accidente marítimo, tome estos pasos:
-
Busque atención médica inmediata. Su salud y seguridad son lo primero.
-
Reporte el accidente a las autoridades. Presente un informe con la Guardia Costera de los EE.UU. (si aplica), policía local, u operador del buque.
-
Documente la escena y sus lesiones. Tome fotos y videos del buque, la escena del accidente, sus lesiones, y cualquier condición peligrosa. Escriba lo que sucedió mientras está fresco en su memoria.
-
Recopile información de testigos. Obtenga nombres e información de contacto de cualquiera que haya visto el accidente.
-
Preserve la evidencia. Mantenga todos los registros médicos, fotografías, videos, y cuentas escritas. Pida al operador del buque o propietario de la propiedad que preserve registros de mantenimiento, registros de seguridad, y video de seguridad.
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No firme renuncias u ofertas de liquidación sin asesoramiento legal. Los operadores de buques y compañías de seguros pueden presionarlo para firmar documentos que renuncien a sus derechos.
-
Notifique a su empleador u operador del buque por escrito de su lesión y que está preservando sus derechos para perseguir una reclamación.
-
Consulte con un abogado que se enfoque exclusivamente en reclamaciones marítimas antes de hablar con ajustadores de seguros o representantes de la otra parte. La consulta temprana protege sus derechos y asegura que la evidencia se preserve.
Por Qué las Reclamaciones Marítimas Son Complejas
Las reclamaciones marítimas implican varios niveles de complejidad:
- Jurisdicción federal y estatutos específicos de la ley marítima – la ley marítima es ley federal, no ley estatal, e incluye reglas especiales (Ley Jones, LHWCA, manutención y cura) no disponibles en casos de negligencia ordinaria.
- Múltiples demandados potenciales – propietarios de buques, empleadores, fabricantes, terceras partes, y otros pueden compartir responsabilidad.
- Seguros y limitaciones de responsabilidad – la ley marítima permite a los propietarios de buques limitar su responsabilidad en ciertas circunstancias.
- Defensas del propietario del buque – los propietarios pueden reclamar culpa comparativa o invocar defensas de la ley marítima no disponibles en casos de negligencia ordinaria.
- Testigos peritos – las reclamaciones marítimas a menudo requieren testimonio de ingenieros marítimos, reconstructores de accidentes, médicos especialistas, y otros peritos.
- Consideraciones internacionales – si el accidente ocurrió en aguas internacionales o implicó buques extranjeros, surgen complejidades legales adicionales.
Estas complejidades son por qué la consulta temprana con un abogado que se enfoque exclusivamente en reclamaciones marítimas es esencial. Un abogado marítimo experimentado navegará estos problemas, identificará todas las partes responsables, preservará la evidencia, y perseguirá la recuperación máxima disponible conforme a la ley marítima.
¿Quiere saber cuál es su situación?
Cuéntenos lo que pasó y nuestro equipo le explicará las opciones que tiene, sin costo alguno.
Preguntas Frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre una reclamación marítima y una reclamación conforme a la Ley Jones?
Una reclamación marítima es una categoría amplia de reclamaciones legales de accidentes graves en el agua. Una reclamación conforme a la Ley Jones es un tipo específico de reclamación marítima disponible para marineros lesionados (trabajadores marítimos) que demandan a sus empleadores por negligencia. No todas las reclamaciones marítimas son reclamaciones conforme a la Ley Jones—por ejemplo, una reclamación de negligencia de un pasajero de crucero contra la línea de cruceros es una reclamación marítima pero no una reclamación conforme a la Ley Jones.
¿Puedo presentar tanto una reclamación conforme a la Ley Jones como una reclamación de manutención y cura?
Sí. Manutención y cura es un derecho separado de una reclamación de negligencia conforme a la Ley Jones. Puede perseguir ambas simultáneamente. Manutención y cura proporciona gastos de manutención y atención médica independientemente de la culpa; una reclamación conforme a la Ley Jones busca daños por negligencia.
¿Cuál es el estatuto de limitaciones para una reclamación marítima?
La mayoría de las reclamaciones marítimas deben presentarse dentro de 3 años de la lesión. Los plazos específicos varían según el tipo de reclamación. Las reclamaciones por muerte injustificada y las reclamaciones de manutención y cura tienen reglas diferentes. Consulte con un abogado inmediatamente para asegurar que su reclamación se presente dentro del plazo.
¿Quién califica como marinero conforme a la ley marítima?
Un marinero tiene una relación de empleo permanente con un buque y trabaja en un rol integral para la operación del buque (miembro de la tripulación, marinero, ingeniero, capitán, pescador comercial). Los pasajeros ocasionales y clientes de alquiler de una sola vez no califican como marineros.
¿Puedo demandar a una línea de cruceros por negligencia en seguridad?
Sí. Si fue asaltado, robado, o atacado en un crucero debido a seguridad inadecuada (cerraduras deficientes, iluminación inadecuada, personal de seguridad insuficiente), puede tener una reclamación de negligencia marítima contra la línea de cruceros.
¿Qué daños puedo recuperar en una reclamación de lesión marítima?
Los daños incluyen gastos médicos, salarios perdidos, dolor y sufrimiento, incapacidad permanente, pérdida de capacidad de ganancia, y—en casos de muerte injustificada—gastos funerarios y pérdida de compañía.

Próximos Pasos: Entendiendo Sus Derechos Después de una Lesión Marítima
La ley marítima proporciona protecciones poderosas para personas lesionadas en accidentes graves en el agua. Sus derechos dependen de su estado (marinero, pasajero, trabajador), el tipo de accidente, y quién fue negligente. La Ley Jones, manutención y cura, y la ley de negligencia marítima ofrecen caminos para responsabilizar a las partes responsables y recuperar compensación por lesiones catastróficas y que cambian la vida.
Pero la ley marítima es compleja, y la ventana para preservar evidencia y presentar su reclamación es estrecha. Si usted o un miembro de la familia sufrió una lesión catastrófica—lesión de la médula espinal, parálisis, lesión cerebral traumática, amputación, quemaduras graves, o muerte injustificada—en un accidente de navegación, offshore, o de crucero, el próximo paso es una consulta gratuita con un abogado que se enfoque exclusivamente en reclamaciones marítimas.
La orientación legal temprana protege sus derechos, preserva evidencia crítica, y aclara lo que su caso vale. Las personas en su situación—enfrentando incapacidad permanente o llorando la pérdida de un miembro de la familia después de un accidente marítimo—se comunican regularmente para discutir lo que sucedió y qué viene después.
Estamos aquí para escuchar, responder sus preguntas, y ayudarle a entender sus opciones. Contáctenos para una evaluación gratuita de caso marítimo hoy.
Por Qué Confiar en CHG para Su Reclamación Marítima
Enfoque Exclusivo en Lesiones Catastróficas
CHG se enfoca exclusivamente en lesiones graves que cambian la vida: lesiones de médula espinal, parálisis, amputaciones, quemaduras severas y traumatismos craneoencefálicos. Entendemos la complejidad legal y médica de estos casos.
Experiencia en Derecho Marítimo
Nuestros abogados tienen experiencia manejando reclamaciones marítimas complejas, incluyendo demandas conforme a la Ley Jones, reclamaciones de negligencia del armador, y derechos bajo leyes marítimas federales.
Representación a Nivel Nacional
Aunque estamos basados en Florida, representamos a víctimas de lesiones marítimas en todo el país. Trabajamos con marineros, trabajadores de plataformas petroleras, pasajeros de cruceros y otros afectados por accidentes en el agua.
Enfoque Empático y Directo
Hablamos en lenguaje claro, sin jerga legal innecesaria. Entendemos que una lesión catastrófica cambia todo. Estamos aquí para luchar por la compensación que merece.
Tipos de Reclamaciones Marítimas que Manejamos
Reclamaciones Conforme a la Ley Jones
Si es marinero y sufrió una lesión grave por negligencia de su empleador, puede tener derecho a una reclamación conforme a la Ley Jones. Esto incluye lesiones de médula espinal, parálisis, amputaciones y traumatismos craneoencefálicos.
Negligencia del Armador
Los armadores tienen la obligación legal de mantener un buque seguro. Si un defecto del barco, falta de mantenimiento o equipo defectuoso causó su lesión catastrófica, puede demandar al armador.
Accidentes de Cruceros y Embarcaciones
Los pasajeros lesionados en cruceros, yates, ferries y otras embarcaciones pueden tener reclamaciones contra la naviera, el operador o terceros responsables de su lesión grave.
Accidentes en Plataformas Petroleras
Los trabajadores de plataformas petroleras enfrentan riesgos extremos. Si sufrió una lesión catastrófica—quemaduras graves, amputación, parálisis—podemos investigar su reclamación contra su empleador y otros responsables.
Plazo Importante
Las reclamaciones marítimas están sujetas a plazos legales estrictos. El tiempo para presentar una demanda es limitado. Si sufrió una lesión grave en el agua, contacte a CHG lo antes posible para proteger sus derechos.
Preguntas Frecuentes sobre Reclamaciones Marítimas
¿Cuál es la diferencia entre una reclamación marítima y una reclamación conforme a la Ley Jones?
Una reclamación marítima es una categoría amplia de demandas por accidentes graves en el agua. Una reclamación conforme a la Ley Jones es un tipo específico disponible para marineros lesionados que demandan a sus empleadores por negligencia. No todas las reclamaciones marítimas son reclamaciones conforme a la Ley Jones.
¿Puedo demandar si sufrí una lesión catastrófica en un crucero?
Sí, los pasajeros de cruceros lesionados pueden tener reclamaciones contra la naviera u otros responsables. Las navieras tienen obligaciones legales de mantener un ambiente seguro. Si su lesión grave resultó de negligencia, podemos investigar su caso.
¿Qué pasa si soy trabajador de plataforma petrolera?
Los trabajadores de plataformas petroleras tienen derechos especiales bajo la ley marítima federal. Si sufrió una lesión catastrófica—parálisis, amputación, quemaduras graves—puede tener reclamaciones contra su empleador, el operador de la plataforma y otros responsables.
¿Cómo funciona el pago de honorarios?
CHG trabaja bajo un modelo de contingencia: no hay honorarios a menos que haya una recuperación. Usted no paga nada por adelantado. Nuestros honorarios salen de la compensación que recuperamos para usted.